Las nuevas restricciones en León para los próximos 14 días

El Bocyl publica este martes las medidas tomadas por la Junta de Castilla y León en un Consejo de Gobierno extraordinario

Ical
20/07/2021
 Actualizado a 20/07/2021
bares-leon-207231.jpg
bares-leon-207231.jpg
El consumo en barra y de pie está de nuevo prohibido en Castilla y León, donde se adelanta a la 01.30 horas el horario de cierre, se establece un aforo máximo del 75 por ciento y grupos de diez personas por mesa, y se ordena cerrar los parques desde medianoche para evitar la concentración de jóvenes. Las nuevas medidas contra la quinta ola del COVID-19, aprobadas este lunes, entran en vigor este martes y se mantendrán durante 14 días, tras la publicación de un acuerdo en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

En ese sentido, desde este martes se suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles, o similares y se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 1.30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de la una de la madrugada.  

Para combatir el botellón, la Junta también ordena cerrar los parques y espacios asimilados delimitados y susceptibles de cierre desde la medianoche y las siete de la mañana, y pide que se refuercen los controles para impedir el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos.

También se fija el cierre de las discotecas y salas de fiesta para consumo en el interior del local, si bien podrán permanecer abiertas siempre que el consumo se realice en terrazas, donde se desarrollará en las mismas condiciones que el resto de establecimientos de hostelería y restauración.

A su vez, los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento como pubs, karaokes, bares especiales y otros, también tendrán como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 1.30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de la una. En este caso, el consumo dentro del local tampoco se podrá efectuar en barra o de pie, salvo para pedir y recoger la consumición, y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, con un máximo de diez personas. En todo caso, podrá procederse a la apertura de las terrazas al aire libre de estos establecimientos, en las mismas condiciones que el resto de las terrazas de establecimientos de hostelería.

Entre las nuevas restricciones también se establece que las peñas deben estar cerradas y se indican una serie de pautas para la celebración de actuaciones musicales, verbenas, bailes públicos y similares en espacios públicos, incluidos los llamados pasacalles deberá realizarse. Así, se señala que deberán realizarse en espacios cerrados, con el público sentado, con uso de mascarilla, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

En espacios al aire libre, con el público sentado, con uso de mascarilla, si no se puede mantener la distancia de 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes. En estos casos, no se permite el consumo de alimentos y bebidas durante los espectáculos, y la celebración de este tipo de actividades deberá finalizar, como máximo, a las 01:30 horas.

Romerías y procesiones


En cuanto a la celebración de procesiones y romerías, deberán realizarse en recinto acotado; su aforo máximo será del 75 por ciento con un límite máximo de 1.000 personas al aire libre; los asistentes deberán estar sentados, manteniendo un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

Las personas asistentes deberán portar mascarilla si no es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal. No se permitirán las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.

Recomendaciones


En cuanto a las recomendaciones para todo el territorio de la comunidad, se aconseja limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable. Se plantea además reducir el aforo máximo en piscinas al aire libre al 75 por ciento y en piscinas cubiertas al 50 por ciento, y se aconseja adelantar el horario de cierre en una hora al habitualmente establecido. Las limitaciones se plantean también para el acceso a playas fluviales y lacustres a partir de las 20  horas.

La Junta también recomienda desarrollar actividades teatrales en vías o espacios públicos con el público sentado y con un límite de aforo de cien personas al aire libre, y no beber ni consumir alimentos durante la celebración de los citados espectáculos.

Otro de los consejos se refiere a desarrollar actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil. Así, cuando estas actividades se desarrollen al aire libre, se recomienda un aforo del 75 por ciento de su asistencia máxima habitual, con un máximo de 200 participantes incluyendo los monitores. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, se recomienda un aforo del 75 por ciento de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 1ien participantes incluidos los monitores. Asimismo, se recomienda que las actividades se realicen en grupos inferiores a las 14 personas participantes, incluidos los monitores correspondientes.

Por último, se recuerda que es obligatorio el uso de la mascarilla en cualquier espacio al aire libre cuando no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las personas, salvo grupos de convivientes.

Intervención eficaz


"Desde la declaración del nivel de alerta 1 hasta el día de hoy se ha producido un empeoramiento de la situación epidemiológica como refleja el informe de la Consejería de Sanidad de 19 de julio de 2021, que aconseja reforzar las medidas de prevención en todo el territorio de la comunidad, fundamentalmente en aquellas actividades en la que de acuerdo con el informe citado se está experimentado el mayor volumen de contagios", expone la Junta en el acuerdo.

Añade la Junta que considera una "intervención más eficaz" reforzar las medidas sanitarias de prevención en la actividad de hostelería y restauración, ocio nocturno, peñas y celebraciones y espectáculos públicos, durante un período de 14 días naturales sujeto a revisión, por cuanto pretende contener el incremento de los contagios en tanto se va avanzando en el proceso de vacunación.
Lo más leído