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Las inversiones financieras y el IRPF

09/04/2019
 Actualizado a 16/09/2019
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Sin ánimo de ser exhaustivo, y con la recomendación de que acudas a un asesor fiscal, como la campaña del IRPF ya ha comenzado (del 2 de abril hasta el 1 de julio), veamos qué sucede con los beneficios y las pérdidas de nuestras inversiones financieras.

¿Cómo tributan los beneficios de las inversiones? Hay que aclarar que el cobro de impuestos sobre nuestras inversiones se aplicará únicamente sobre las plusvalías del dinero obtenido. Si hemos invertido 1000 euros y finalmente obtenemos 1200 euros, tributaremos por esos 200 euros de beneficio. Puede ser que al retirar tus inversiones haya costes de compraventa o por comisiones de éxito: estas cantidades también hemos de restarlas para ver sobre qué cantidad de dinero se tiene que realizar la retención.

En el caso de la compraventa de acciones, el beneficio conseguido se integra dentro de la base imponible del ahorro. Aquí debemos diferenciar tres tipos impositivos correspondientes al rendimiento obtenido:

•Hasta 6.000 euros de beneficio, el impuesto será del 19%.

•Entre 6.000 y 50.000 euros, del 21%.

•A partir de 50.000 euros, del 23%.

En el caso de los Fondos de inversión, los tramos de tipos impositivos son exactamente los mismos. La única diferencia es que al recuperar tu dinero Hacienda aplicará una retención del 19% como adelanto sobre lo que después te tocará al realizar la Declaración de la Renta. Si no ganas más de 6.000 euros con tus inversiones no tendrás que pagar más. Recuerda que una de las ventajas de los fondos de inversión es que puedes traspasar tu inversión de un fondo a otro, sin tener que pasar por caja.

Respecto a los planes de pensiones, el beneficio es considerado rendimiento de trabajo por lo que tributa en la base imponible general. Debes estudiar cómo te conviene rescatar ese dinero (en forma de capital -todo en un único pago-, o de renta) y si estás en el régimen transitorio de quienes se jubilaron antes de 2015.

¿Y si he obtenido pérdidas en mis inversiones? Se pueden compensar las pérdidas con otras ganancias que se hayan obtenido gracias a la inversión. Si por los Fondos de inversión has ganado 100, pero con tus acciones has perdido 50, puedes restar a tus ganancias de los fondos las pérdidas de las acciones. ¿Y si no he tenido ninguna ganancia?: si ha sido un mal año y solo has obtenido pérdidas, Hacienda te deja compensarlas en los próximos cuatro años.
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