El Supremo da diez días a la Junta para que justifique el adelanto del toque de queda

Otorga ese periodo para que presente alegaciones a una pieza separada para tramitar la medida cautelar solicitada por el Gobierno. Mientras tanto la medida se mantiene

Ical
19/01/2021
 Actualizado a 19/01/2021
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El Tribunal Supremo no adoptará una decisión sobre el adelanto a las 20.00 de la tarde del toque de queda en Castilla y León antes de diez días, un periodo durante el que se mantendrá la restricción.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo informó de que abrió este martes una pieza separada para tramitar la medida cautelar solicitada por el Gobierno para suspender el acuerdo de la Junta de Castilla y León que adelanta a las 20 horas el inicio del toque de queda, como medida de prevención contra la propagación de la COVID.

En una providencia, la Sala da un plazo de diez días a la Junta de Castilla y León, como autora del acuerdo recurrido, para que plantee alegaciones contra la medida cautelar de suspensión solicitada. Tras recibir las alegaciones, el tribunal decidirá lo procedente sobre la medida cautelar. El magistrado ponente del recurso es Rafael Toledano.

Cabe recordar que el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, suscribió un acuerdo con fecha 15 de enero, que fijó a las 20 horas como hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno dentro de las medidas para frenar la propagación de la COVID. El Gobierno pidió que quede en suspenso cuatelarmente mientras se tramita el recurso que plantearon contra dicho acuerdo, por ir contra libertades básicas de los ciudadanos.
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