El Consistorio coyantino condenado a pagar más de 60.000 euros por servicios de wifi

El Ayuntamiento de Valencia de Don Juan se ve obligado a pagar dicha cantidad a la empresa de telecomunicaciones a la que el anterior equipo de gobierno contrataba verbalmente y luego no pagaba

L.N.C.
02/08/2021
 Actualizado a 02/08/2021
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Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de León obligará al Ayuntamiento de Valencia de Don Juan a abonar a la empresa de Telecomunicaciones Ocho Caños la cantidad de 63.633,90 euros correspondiente a los servicios que esta empresa prestó al consistorio coyantino de servicio wifi pero que no fueron contratados ni pagados durante más de tres años. A esta cifra hay que añadir el interés legal desde que la empresa formuló la reclamación administrativa en noviembre de 2019.

Desde el equipo de gobierno del consistorio coyantino informan que, según recoge la sentencia, tanto el segundo semestre de 2016 como las anualidades de 2017 y 2018 así como varios meses de 2019 la empresa prestaba un servicio de distribución de señal de internet mediante tecnología inalámbrica wifi sin que mediara contrato más que las solicitudes verbales de continuidad del servicio, solicitudes que luego no se abonaban.

De la lectura de la sentencia desprenden que las pruebas periciales presentadas acreditan que, aunque no existiera la necesaria cobertura legal, los servicios fueron prestados por la empresa sin que mediara formalización de contrato alguno por parte del anterior equipo de gobierno.

Con el cambio de gobierno que se produjo tras las elecciones de mayo de 2019, los nuevos mandatarios se encontraron con la reclamación por parte de Telecomunicaciones Ocho Caños del pago de las facturas pendientes de pagar, a lo que, siguiendo indicaciones de Intervención municipal, el actual equipo de gobierno se negó a abonar al no encontrar base contractual alguna para aprobar y realizar los pagos.

Desde el equipo de gobierno lamentan tener que afrontar ahora este pago inesperado y cuantioso, achacable plenamente, según señalan, a la negligencia del anterior equipo de gobierno, bien por no formalizar contractualmente un servicio que se estaba prestando o bien, en su caso, por no cancelar un servicio que no deseaba seguir contratando.
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