Dos grandes cotos a un paso de León

El Condado I y el II, en la parte media del río Porma, son 2 de los más solicitados por los pescadores / Sus aguas están pobladas de truchas, barbos y bogas

Rodrigo Prado Núñez
30/04/2021
 Actualizado a 30/04/2021
Un pescador se cobra una trucha en el río Porma. | R.P.N.
Un pescador se cobra una trucha en el río Porma. | R.P.N.
El río Porma, que recorre de norte a sur la parte septentrional de la provincia de León, nace en el puerto de las Señales, en un lugar llamado el Pinar del Lillo o de Cofiñal, cerca de la sierra del Mongayo, en las laderas del Puerto de San Isidro. Pronto recibe las aguas de los ríos Isoba y Silván y se empieza a configurar un gran río. La calidad de sus aguas es muy buena hasta su desembocadura en el embalse del Porma (Juan Benet), también conocido como embalse de Vegamian que fue puesto en servicio en el año 1968. Río abajo de la presa cambia notoriamente su caudal por la influencia de su regulación mecánica y desemboca en el río Esla a la altura de Roderos (León). Su principal afluente es el río Curueño, que le aporta abundantes aguas y le sirve de frezadero en la época de reproducción de la trucha.Las especies principales que pueblan sus aguas son las truchas, barbos y bogas. Se trata de un río con una longitud de 85 km, tiene un caudal medio de 14,17 metros cúbicos por segundo y una anchura de unos 40 metros.

Aquí, en este emblemático río, a tan solo media hora de coche desde León, se encuentran dos de los cotos de pesca más solicitados por los pescadores, el Condado I y el Condado II. Pero es importante recordar que en el trascurso de los años los tramos acotados en esta parte media del río Porma han ido variando en cuanto a su situación y nombre. En un principio tuvo el nombre del coto de pesca de San Cipriano del Condado, luego el del Condado, con unos diez km de longitud, y en la actualidad esta dividido en los dos cotos mencionados.

Condado I tiene fama de ser uno de los mejores cotos trucheros de la provincia. Desde el Puente de Villanueva del Condado, límite superior del coto, hasta el Puente de Villafruela del Condado, límite inferior, este tramo de una longitud de 5,38 km., ofrece al pescador infinidad de tiradas para disfrutar de su afición a todas las modalidades, pero especialmente a mosca seca y a la leonesa. Las grandes tablas de San Cipriano y Villafruela, con los pozos del Obispo y el Mixto, son los lugares preferidos y más frecuentados por los pescadores que lo visitan, pero hay que reconocer que todo el tramo es muy bueno y cómodo de transitar y pescar. Dispone de 11 permisos por día. En el primer periodo, que comprende desde el último sábado de marzo hasta el 31 de agosto, los jueves es sin muerte y con muerte los martes, sábados, domingos y festivos, siendo la talla mínima de 24 cm. En el segundo período, desde el día uno de septiembre hasta el 15 de octubre, se podrá pescar todos los días de la semana, pero sin muerte. En los días con muerte, una vez alcanzado el cupo de trucha común, la acción de pesca deberá practicarse en la modalidad de pesca sin muerte, según lo establecido en el artículo 37 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre. Tanto en los días con muerte como en los días sin muerte señalados se permitirá la extracción de ciprínidos conforme a lo indicado en la tabla “Talla y cupo por especies”

Condado II.- Está situado en el termino municipal de Valdefresno y su principal característica es que es un tramo acotado en la modalidad de pesca sin muerte y dispone de 10 permiso diarios durante todos los días de la semana, desde la apertura de la veda hasta el 15 de octubre. El límite superior se encuentra en el desagüe de la piscifactoría de Castrillo de Porma y límite inferior en Villimer, con una longitud de 5,03 km. Este tramo del río Porma es muy pescable a todas las modalidades y dispone de una extraordinaria población de truchas, donde los más expertos a mosca podrán gozar con la captura de grandes truchas en sus extensas tablas. También, y como ejemplo de su naturaleza salvaje, es frecuente encontrarse con nutrias y corzos.

¿Dónde se permite la pesca desde aparatos de flotación»

Con carácter general, se permite la pesca desde aparatos de flotación en las aguas pescables embalsadas, siempre que el uso de los mismos esté autorizado por la administración competente en materia de navegación y no se encuentre prohibido expresamente en el Plan de Pesca del tramo correspondiente. La Licencia de pesca habilita exclusivamente para la práctica de la misma en estas masas de agua. La navegabilidad es competencia de las Confederaciones Hidrográficas. Mediante el procedimiento correspondiente se obtendrá una matrícula que faculta para la navegación en las masas autorizadas y cuya renovación es anual. La pesca desde aparatos de flotación, con carácter general, se puede practicar en las en las aguas pescables embalsadas, siempre que el uso de los mismos esté autorizado por la administración competente en materia de navegación y no se encuentre prohibido expresamente en el Plan de Pesca del tramo correspondiente.

Las masas de agua donde se puede efectuar esta practica en León son: El AREC del Embalse del Porma, el AREC del Embalse de Luna, el AREC del Embalse de Riaño, el AREC de Villameca y en el coto de Vegamian.
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