Condenan a nueve años de inhabilitación al alcalde de Cacabelos por prevaricación administrativa

El regidor anuncia que presentará recurso pero la Audiencia Provincial le responsabiliza de adoptar una decisión que no le correspondía

M.I.
20/12/2018
 Actualizado a 19/09/2019
El alcalde de Cacabelos no permitió que el interventor volviera a su puesto tras denunciarle por una agresión. | ICAL
El alcalde de Cacabelos no permitió que el interventor volviera a su puesto tras denunciarle por una agresión. | ICAL
La Sección tercera de la Audiencia Provincial de León condena al alcalde de Cacabelos, el socialista Sergio Álvarez a nueve años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público de Alcalde y al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular. Aunque la sentencia no es firme y rebaja la petición de la acusación particular y de Fiscalía que solicitaban 10 y 13 años de inhabilitación respectivamente, el regidor también ha manifestado su intención de presentar recurso.

El juez considera que el acusado no siguió el procedimiento legal para no permitir el reingreso del interventor en su puesto, tras una baja y un conflicto que había mantenido con él, al agredirle con anterioridad. Sin embargo, el juez considera que el regidor actuó “por su cuenta, con total ligereza, sin que conste que se dotara de ninguna clase de informe para ello y haciendo tabla rasa”.

No hubo procedimiento para ello, apunta “ni se le dio la oportunidad a ser escuchado”, al funcionario. Pero además, abunda, el regidor adoptó esa decisión “sin tener competencia para ello”. Era el director de Ordenación del Territorio el que debía haberlo hecho. Todo ello hizo que el acuerdo adoptado para que el funcionario no se reincorporara fuera “ilegal” e incluso esa Dirección advirtió de ello.“La clamorosa ilegalidad del acuerdo y la terquedad del alcalde para mantenerlo, aún después de ser advertido de aquella ilegalidad ponen bien a las claras la predisposición del acusado hacia el interventor”.

La defensa del regidor, por su parte sostuvo que la decisión del alcalde estaba motivada por el estado de salud del denunciante, el interventor, que conllevaba una agresividad manifiesta. Incluso aseguró en las declaraciones previas que no había recibido el alta médica, sino que fue dado de alta por no acudir a las revisiones. Asimismo, argumenta que la entidad de prevención de riesgos laborales había determinado que el denunciante no era apto para el trabajo, que existía un procedimiento sancionador abierto ante la Junta, otro procedimiento penal y que el funcionario había pedido el traslado al Ayuntamiento de Fabero.

Todo ello no ha servido para que la Audiencia provincial considerara al regidor culpable de prevaricación cometida directamente por el regidor.
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