Condenado a seis años de cárcel por violar a una mujer en 2019
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Condenado a seis años de cárcel por violar a una mujer en 2019
Tribunales
La Audiencia Provincial de León señala que utilizó la fuerza para violar a una amiga
La Audiencia Provincial de León condenó a un hombre a seis años de prisión por un delito de violación por unos hechos que tuvieron lugar en el año 2019 en la capital leonesa, donde, según recoge la sentencia, el varón utilizó la fuerza para violar a una amiga con la que se encontraba en el momento de los hechos.
Así lo informó hoy la Asociación de Ayuda a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica, Adavas, quien ejerció la acusación particular en el juicio celebrado recientemente en la Audiencia de León y el que “quedaron probados los hechos”.
Unos hechos por los que esta Audiencia condenó al agresor como “autor responsable de un delito de agresión sexual, a la pena de seis años de prisión y a la inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena”. Asimismo, se le prohíbe que pueda aproximarse a la víctima una distancia no inferior a 500 metros a su domicilio, a su centro de trabajo o a cualquier otro lugar en el que se encuentre y a comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante siete años”.
La sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia, impone también al condenado la medida de libertad vigilada durante cinco años a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad impuesta.
Así lo informó hoy la Asociación de Ayuda a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica, Adavas, quien ejerció la acusación particular en el juicio celebrado recientemente en la Audiencia de León y el que “quedaron probados los hechos”.
Unos hechos por los que esta Audiencia condenó al agresor como “autor responsable de un delito de agresión sexual, a la pena de seis años de prisión y a la inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena”. Asimismo, se le prohíbe que pueda aproximarse a la víctima una distancia no inferior a 500 metros a su domicilio, a su centro de trabajo o a cualquier otro lugar en el que se encuentre y a comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante siete años”.
La sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia, impone también al condenado la medida de libertad vigilada durante cinco años a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad impuesta.
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