Canedo se enfrenta a juicio oral por falsedad documental el 9 de julio

Fiscalía pide para el ex alcalde de Cacabelos una pena de cinco años de prisión

M.I.
13/06/2018
 Actualizado a 14/09/2019
Canedo será juzgado en la Audiencia Provincial de León. | ICAL
Canedo será juzgado en la Audiencia Provincial de León. | ICAL
La Audiencia Provincial de León ha señalado para el 9 de julio el juicio oral contra Adolfo Canedo Cascallana, exalcalde de Cacabelos por el Partido Popular, por un presunto delito de falsificación en documento oficial con un delito de estafa procesal en grado de tentativa, y contra la exsecretaria interina durante parte del gobierno del PP, por un delito de falsedad documental.

Según el informe de la Fiscalía, los dos acusados “confeccionaron de mutuo acuerdo y asabiendas de faltar a la verdad, un certificado en donde constataban que no se ha encontrado documento relativo a si desde el año 2001 a la actualidad todos los funcionarios que se encontraban en incapacidad temporal y durante la totalidad de la duración de esta situación percibía el 100% sus retribuciones respecto al mes anterior al de causar baja, al igual que el resto del personal laboral o contratado al servicio del Ayuntamiento”. Y omitieron tanto “el envío como la menciónalguna de las nóminas de los funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento que durante el periodo señalado en el certificado si habían percibido el 100% de sus retribuciones respecto del mes anterior al de causar baja”.

La Fiscalía solicita 5 años de prisión para Canedo por un presunto delito de falsificación en documento oficial con un delito de estafa procesal en grado de tentativa, una multa de 18 meses con una cuota de 20 euros, e inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones como alcalde de ayuntamiento durante el tiempo de 5 años. Para la exsecretaria interina, pide 4 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones como secretaria de ayuntamiento durante el tiempo de 3 años, y una multa de 20 euros diarios durante doce meses.

El delito de falsificación de documentos públicos por parte de un alcalde está penado, según el artículo 390 del Condigo Penal, con prisión de 3 a 6 años, con multa de 6 a 24 meses, y con inhabilitación de 2 a 6 años.
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