El Supremo eleva a 138 años de prisión la condena al monitor de los abusos sexuales a niños en campamentos de Carucedo

El Ministerio Fiscal había recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial de León que designó 46 años de cárcel en abril del pasado año

L.N.C.
20/01/2017
 Actualizado a 06/09/2019
Rafael P.F, en una imagen de archivo entrando a la Audiencia Provincial de León. | Campillo (Ical)
Rafael P.F, en una imagen de archivo entrando a la Audiencia Provincial de León. | Campillo (Ical)
La Sala II del Tribunal Supremo eleva a 138 años de cárcel la condena al monitor de campamentos infantiles Rafael P.F.  por abusar sexualmente de 16 niños menores de 13 años y grabar con una cámara de infrarrojos de alta definición los tocamientos a los que les sometía por las noches cuando estaban dormidos, durante su participación en campamentos de verano, varios de ellos en el municipio berciano de Carucedo, en los años 2011 y 2012.

Los magistrados triplican las condenas al entender, en contra del criterio de la sentencia de primera instancia dictada por la Audiencia Provincial de León, que el hecho de que los menores estuviesen dormidos noexcluye el delito de pornografía infantil.

La Audiencia de León había impuesto una condena de 46 años de prisión por 16 abusos sexuales en abril del pasado año.  El Ministerio Fiscal recurrió por entender que debía regir otro artículo del código penal diferente al que se había aplicado en la condena de la Audiencia.

Tal y como recoge ahora la sentencia, "la actuación del acusado, efectuando tocamientos en las partes íntimas de los menores mientras éstos dormían, afecta a la indemnidad sexual (de los menores)". También aclara que el hecho de "quelas víctimas menores de trece años estuviesen dormidas no excluye la comisión del delito de utilización de menores de edad con fines pornográficos".

Por ello, el Supremo condena al acusado por 16 delitos de pornografía infantil, a un total de 80 años de prisión, cinco por cada delito. Le  suma a 48 años de prisión por 12 delitos continuados de abuso sexual, cuatro por cada delito. Además,  8 años más por 4 delitos ordinarios  de abusos sexuales sobre menores de entre siete y doce años.

El Supremo mantiene a mayores la decisión de la sentencia de la Audiencia Provincial de León en cuanto a otros 2 años de prisión por un delito de revelación de secretos  por las grabaciones con cámara oculta que hizo el acusado en los vestuarios de una piscina cuando era monitor de natación de un club deportivo en Madrid,a sí como su inhabilitación profesional y la indemnización de 3.000 euros a los menores de los que abuso continuadamente y 1.000 euros a aquellos sobre los que abusó ordinariamente. 
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