El candidato del PSOE en Fabero renuncia tras la apertura de un juicio oral por presunta prevaricación

AMPLIACIÓN. Demetrio Alfonso Canedo será sustituido por la número dos de la lista, Mari Paz Martínez

N. González / Ical
17/04/2015
 Actualizado a 07/09/2019
Demetrio Alfonso Canedo renuncia a encabezar la lista socialista al Ayuntamiento de Fabero. | C. Sánchez (Ical)
Demetrio Alfonso Canedo renuncia a encabezar la lista socialista al Ayuntamiento de Fabero. | C. Sánchez (Ical)
El Juzgado de Instrucción número 5 de Ponferrada ha decidido seguir con las diligencias previas y llevar adelante las denuncias de Izquierda Unida sobre las presuntas irregularidades cometidas por el exalcalde de Fabero Demetrio Alfonso Canedo, abriendo juicio oral contra él, al entender que “los hechos denunciados podrían ser constitutivos de un presunto delito de prevaricación, en su modalidad de comisión por omisión”.

El juez ve un posible delito en las actuaciones de Demetrio Alfonso Canedo en su etapa como alcalde de Fabero y ha decidido juzgarlo, respaldando de esta manera las denuncias realizadas por la formación de izquierdas respecto a su actuación en la fábrica de ruedas del empresario Victorino Alonso, la vía de circunvalación Fabero-Lillo, la nave construida por la empresa Formación Fabero, el lavadero o una nave en suelo rústico propiedad de Uminsa.

Tras esta comunicación, Alfonso Canedo ha presentado su renuncia a encabezar la lista del partido en el municipio. Este puesto será ocupado por la número dos, Mari Paz Martínez. "Él ha tomado esta decisión y sabe que el partido establece que tras la apertura de juicio oral no se puede estar en las listas. Pero nos parece triste y lamentable que esto haya salido ahora, porque son casos de 2008 y 2009, y además creemos que no tiene base de lo que le acusa IU", asegura Martínez.

El juez ha dado un plazo de diez días desde la notificación para que Ministerio Fiscal y acusación particular formulen su escrito de acusación, “solicitando la apertura de juicio oral en la forma prescrita por la ley o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la practica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular acusación”.
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